Entre los proyectos destacan numerosas centrales fotovoltaicas y eólicas.
RedacciónMiércoles, 25 de enero de 2017
Proyectos
Proponen 14 proyectos de interés estratégico para Canarias. Ninguno en La Palma
El Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos reunido este miércoles 25 de enero en Gran Canaria, acordó elevar al Consejo de Gobierno para su consideración de interés estratégico para el Archipiélago un total de 14 proyectos. De ellos, ninguno se sitúa en la isla de La Palma.
De ellos, Gran Canaria es la más beneficiada con seis proyectos, a la que siguen Tenerife con cuatro, Fuerteventura con tres y Lanzarote con uno. Entre los proyectos destacan numerosas centrales fotovoltaicas y eólicas.
El Comité de Inversiones ha determinado que los proyectos pueden acogerse a la Ley 3/2015, de 9 de febrero, sobre tramitación preferente de Inversiones Estratégicas para Canarias, que fue aprobada con el objetivo de agilizar la tramitación en las administraciones públicas de los expedientes relacionados con iniciativas y proyectos de inversión, aunque para ello deben ser declarados en última instancia de interés estratégico por parte del Gobierno de Canarias, en atención a su especial relevancia para el desarrollo social y económico de las Islas.
Entre los requisitos a cumplir por los proyectos en cuestión se establecen aspectos como el impacto sobre la economía insular o canaria, especialmente en el ámbito de la generación de empleo; la capacidad para movilizar inversión privada interna o externa, o la repercusión en sectores de especial interés para el Archipiélago, como el turismo, las energías, la industria, la innovación, el tratamiento y reciclado de residuos, la internacionalización, entre otros, son criterios sobre los que apoyar la declaración de una inversión como de interés estratégico para las islas.
El texto legal permite que los proyectos declarados de interés estratégico pasen a ser tramitados en la mitad de tiempo que los procedimientos administrativos previstos en la normativa de cualquier administración pública canaria, salvo en los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, los procedimientos de concurrencia competitiva y los de naturaleza fiscal.
De la misma forma, se establece que en la tramitación, aprobación y ejecución del planeamiento urbanístico, cuando tenga por objeto exclusivo obras e instalaciones de inversiones declaradas de interés estratégico, los plazos también se reduzcan a la mitad, así como, los plazos para el otorgamiento de cualquier licencia que resulte necesaria para la ejecución, apertura o funcionamiento de dichas obras e instalaciones, salvo en las que la normativa estatal lo impida. De igual manera ocurrirá con los plazos establecidos para los procedimientos medioambientales.

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