Empleo favorece la incorporación de socios en cooperativas y sociedades laborales con hasta 10.000 euros por contrato

El BOC publicó en su edición del miércoles, 16 de agosto, la convocatoria que permanecerá abierta hasta el próximo 11 de septiembre, para que las cooperativas y sociedades laborales soliciten esta subvención que va desde los 5.500 euros hasta los 10.000 euros,  por contrato formalizado desde el 1 de agosto de 2016.

El Gobierno de Canarias ha publicado la convocatoria de subvenciones destinada a fomentar la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de personas desempleadas. Las ayudas oscilan entre los 5.500 euros y llegan hasta los 10.000 euros, según el colectivo al que pertenezca el nuevo socio que haya sido dado de alta en la Seguridad Social, entre el 1 de agosto de 2016 y el 11 de septiembre de este año, fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes en esta edición. La responsable del área del Empleo, Cristina Valido, señala que “se trata de dar un impulso a la contratación de las personas con más dificultades para acceder al empleo, por ello las cantidades varían según la dificultad de acceso al mercado laboral de la persona que se incorpora como nuevo socio, a mayor dificultad, mayor es la cuantía que se concede”. En caso de que el contrato del nuevo socio sea a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la duración de la jornada de trabajo.

Los socios trabajadores deberán ser personas desempleadas, inscritas en las oficinas del Servicio Canario de Empleo y, además, estos deberán pertenecer a alguno de los colectivos con dificultades de inserción, entre ellos, desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento o personas con discapacidad, entre otros.

Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación, en los términos establecidos, y una vez notificada la resolución de concesión definitiva. No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

La actuación estará cofinanciada por el Programa Operativo de Canarias Fondo Social Europeo 2014-2020, con el objeto de  “aumentar la contratación de carácter estable de las personas desempleadas y/o demandantes de empleo, incluyendo las de larga duración y aquellas de más edad”.

Las entidades interesadas en concurrir a las subvenciones, cooperativas y sociedades laborales de Canarias, deberán presentar la solicitud y demás documentos que la acompañen, en la sede electrónica del SCE: https://sede.gobcan.es/empleo, o bien en los registros electrónicos de otras administraciones.

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